Política

Choque de trenes por sanción a Ley Estatutaria de jurisdicción especial de paz

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le contestó al fiscal general, Néstor Humberto Martínez, que “es indispensable que se sancione con carácter prioritario” la Ley Estatutaria de la JEP.

Por ello, la presidenta de ese organismo, Patricia Linares, señaló que ya elevó esta solicitud al presidente Iván Duque, el pasado 4 de febrero de 2019.

“Que teniendo en cuenta los derechos de las víctimas y la garantías de seguridad jurídica que se imponen en el Estado de Derecho para los 9.691 ex combatientes de las Farc, 1.958 miembros de la fuerza pública y 39 agentes del Estado, diferentes a la fuerza pública hasta ahora sometidos a la JEP, es indispensable que se sancione con carácter prioritario la Ley Estatutaria de la JEP , solicitud que de manera respetuosa  se elevó al señor Presidente de la República el pasado 4 de febrero de 2019”, señala la JEP en un comunicado.

En su segundo punto, la JEP agrega que “ la Corte Constitucional de manera inequívoca y perentoria, en su sentencia C-80 de 2018, remitió el proyecto de Ley Estatutaria al presidente del Congreso para que el texto se firme por los presidentes de ambas Cámaras y se remita al Presidente de la república para su sanción y promulgación.”

Concluye el documento que, “como siempre lo ha hecho, la JEP seguirá actuandoen el marco estricto de la Constitución, la Ley y la jurisprudencia”.

Previamente, el fiscal Martínez había enviado una fuerte carta al presidente Duque, en la que hace duros reparos al proyecto de ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que ya fue aprobado en el Congreso, pero está pendiente de sanción presidencial.

Las críticas del fiscal Martínez se centraron en cuatro puntos considerados como ejes centrales de las discusiones libradas en los debates en el legislativo.

“La Ley Estatutaria de la JEP es la columna vertebral del sistema de justicia transicional hacia la paz. Es nuestro deber contribuir a su adecuado diseño y a su correcta interacción con la jurisdicción ordinaria para cumplir con los fines de la justicia y con los derechos de las víctimas”, indicó Martínez.

Uno de los primeros puntos que cuestiona el fiscal hace referencia a que los reinsertados que sigan cometiendo delitos graves, como secuestro y narcotráfico, podrían seguir gozando de los beneficios de la jurisdicción especial.

“La ley estatutaria permite que reinsertados que hayan iniciado actividades de narcotráfico antes del 1 diciembre 2016 y las continúen después de esta fecha mantengan los beneficios de la  JEP. No es posible que beneficios  convivan con el delito”, dijo el fiscal.

 

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