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Alcaldía regula tránsito de vehículos de transporte público, particular y de carga en Valledupar

La alcaldía de Valledupar ordenó restricción a la circulación de vehículos de servicio público y particular, de más de dos ejes, en el perímetro urbano del municipio, de lunes a sábado, en el horario comprendido entre las 05:00 a.m. y las 07:00 p.m.

La decisión fue adoptada con la expedición del Decreto 687 del 29 octubre de 2020, con el propósito de mejorar la movilidad y las condiciones de seguridad vial y primordialmente para proteger la seguridad y los espacios de los peatones.

El Secretario de Tránsito, Roberto Daza Guerrero, precisó que “este decreto se expide con el fin de regular la circulación de tractocamiones y reducir los riesgos de siniestros viales que involucren actores como motociclistas, ciclistas y peatones”.

Los vehículos que cuenten con tres o más ejes, solo podrán circular y realizar maniobras de cargue y descargue en el perímetro urbano de la ciudad entre las 07:00 p.m. y las 05:00 a.m. En este sentido, los vehículos con más de dos ejes que requieran realizar maniobras de cargue y descargue en la zona y horario que se restringe, lo podrán hacer dentro de las instalaciones de Mercabastos, la zona industrial de Valledupar o en cualquier otra zona por fuera del casco urbano.

De esta manera quedan exceptuados de la presente restricción los siguientes vehículos de transporte de carga:

1.- De emergencia.

2.- De valores, animales vivos y gases hospitalarios.

3.- Los vehículos que estén dotados tecnológicamente para el mantenimiento de redes de servicios públicos que no puedan ser remplazados por otro.

4.- Los vehículos de transporte de consumo masivo que no puedan ser remplazados por otros.

Además, la norma señala que los vehículos que de acuerdo a la tipología y los horarios establecidos tengan permitido la circulación, podrán hacerlo por las siguientes vías:

– Av. Simón Bolívar desde la entrada sur hasta la entrada norte.

– Av. Salguero, desde el Terminal de transporte hasta la Calle 17.

– Calle 44, entre la Av. Simón Bolívar y la Av. Fundación.

– Av. Fundación y Diagonal 16, desde la entrada occidental hasta la Carrera 12.

– Carrera 31 entre Av. Fundación y Av. La Popa (Calle 16).

– Av. Sierra Nevada y Carrera 23, entre Av. Simón Bolívar y Av. La Popa (Calle 16).

– Av. La Popa (Calle 16) entre Carrera 31 y Carrera 12.

– Calle 21 entre Av. Fundación y Av. Simón Bolívar.

– Calle 17 entre Av. Fundación y Carrera 12.

– Transversal 12-Carrera 12 entre Calle 16 y Carrera 21.

Los vehículos de hasta dos ejes que realicen maniobras de cargue y descargue en el sector delimitado por la Calle 21, Carrera 4, Calle 9, Carrera 19, Carrera 18D en horario diurno, podrán estacionar de forma momentánea durante un período máximo de 15 minutos, siempre y cuando no se afecte el espacio público y no vaya en oposición a la señalización existente, ni a la normatividad de tránsito vigente.

Así mismo, los vehículos de hasta dos ejes que realicen maniobras de cargue y descargue en el sector del mercado público de Valledupar delimitado por las vías: Carrera 15 – Calle 18 – Carrera 12 – Calle 20 – Carrera 12 – Carrera 16 – Calle 21, podrán realizarlo de 07:00 p.m. a 05:00 a.m. y de 03:00 p.m. a 05:30 p.m.

El decreto también contempla restricciones para la circulación de vehículos de carga en el sector del centro histórico de la ciudad, transporte de maquinaria agrícola, industrial y de construcción, así como también indicaciones con respecto a los requisitos para la aprobación de los Planes de Manejo de Tránsito que deben ser presentados ante la Secretaría de Tránsito por toda persona natural o jurídica, pública o privada, que en ocasión de trabajos o actividades alteren las vías públicas.

 

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