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Contratistas seguirán pagando salud y pensión mes vencido y no por descuento

Los trabajadores vinculados al gobierno en calidad de contratistas, seguirán pagando salud y pensión mes vencido y no por descuento, según informe oficial.

Precisamente, este sábado 25 de mayo, el presidente Iván Duque firmará en Valledupar la ley del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2018 – 2022, y con su entrada en vigencia, las empresas tendrán un alivio de varios miles de millones de pesos.

Esto, si se tiene en cuenta que un decreto firmado por el gobierno anterior reglamentó que a partir del l° de junio (en menos de 10 días) los empleadores debían comenzar a retener los pagos de salud, pensión y seguridad social de las personas que tuvieran vinculadas por prestación servicios, pero la hoja de ruta del Gobierno Nacional les lanzó un salvavidas de última hora.

En el último artículo de este plan, entre otros, se derogó el artículo 135 del PND del segundo gobierno de Juan Manuel Santos, que dictaba, primero, que los contratistas podían pagar sus aportes mes vencido (y no anticipado), pero después que las empresas o empleadores descontarían, cada mes, ‘por derecha’ estos recursos.Según el portal especializados en temas tributarios Actualícese, a la par, “se creó una nueva norma que regulará la cotización obligatoria a seguridad social por parte de los trabajadores independientes, pero en la cual no se contempla el mecanismo de retención de aportes a seguridad social”.

En plata blanca, esto quiere decir que “si la norma superior del artículo 135 de la Ley 1753 de 2015 ha sido eliminada y la nueva norma superior que la reemplaza no contempla la utilización del mecanismo de retención de aportes a seguridad social, es claro que ya no se podrá exigir tampoco la aplicación del Decreto 1273 de julio de 2018, y por consiguiente ya no habrá obligación de practicar la mencionada retención”, tal y como lo explica el portal.

En este orden de ideas, los contratistas seguirán haciendo sus aportes a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila), aunque, ahora, la pelota tendrá que volver al Congreso, según un dictamen de la Corte Constitucional.

En un fallo, el alto tribunal declaró inexequible la disposición del Índice Base de Cotización (IBC) de los independientes, y exhortó al Senado y la Cámara de Representantes de legislar esta materia en un plazo no mayor a dos años.

 

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