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Destituido e inhabilitado por 10 años alcalde de Agustín Codazzi, Luchito Peñaloza

La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad por 10 años, al alcalde del municipio de Agustín Codazzi, Luis Vladimir Peñaloza Fuentes

El Ministerio Publico le atribuye irregularidades en la suscripción de un convenio por $365 millones de pesos.

La Procuraduría declaró probado el cargo formulado a Peñaloza por presuntamente vulnerar los principios de legalidad y responsabilidad de la contratación estatal y la función administrativa al suscribir el convenio de cooperación No. 30 del 8 de agosto de 2016 con la corporación Coinpoquer, para “amparar la implementación, dotación y capacitación para el desarrollo de destrezas motoras, sicomotoras, cognitivas, orientación, ubicación, y espacio de la población de infantes del municipio de Agustín Codazzi”, sin tener en cuenta que el contratista no tenía la idoneidad para ejecutar el objeto del negocio jurídico celebrado.

En fallo de primera instancia, la Procuraduría advirtió que el alcaldel, al firmar el convenio, tenía la obligación de acatar los preceptos normativos que le imponían el deber de celebrar el negocio jurídico con una entidad con idoneidad para su ejecución, exigencia sustancial, no formal que el alcalde no podía pasar por alto.

Para la Procuraduría la idoneidad se debe entender como la experiencia con resultados satisfactorios que acrediten la capacidad técnica y administrativa, y según las pruebas, la entidad sin ánimo de lucro carecía de este atributo, teniendo en cuenta que tuvo que acudir a la subcontratación de las actividades más importantes y esenciales que se ejecutaban en el convenio.

La Procuraduría calificó la falta del mandatario local como gravísima a título de culpa gravísima.

En audiencia pública el apoderado del disciplinado presentó recurso de apelación, que será resuelto por la Sala Disciplinaria de la Entidad.

 

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