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Juez negó preclusión en proceso contra Fredys Socarrás por cambio de lotes del municipio de Valledupar

El Juzgado Quinto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento negó la preclusión del proceso en contra del exalcalde de Valledupar Fredys Miguel Socarrás Reales en el caso por cambio dos lotes del Municipio, ubicados en Mercabastos.

El juez consideró que no existían en el momento suficientes méritos para desechar la investigación en contra del exmandatario y María Inés López Reyes, la particular que participó en el cambiazo. Los delitos investigados son los de peculado por apropiación agravado, celebración de contratos sin cumplimiento de los requisitos legales e interés indebido en celebración de contratos.

Sus razones se basaron en que dentro del proceso surgieron distintos informes periciales de entidades en las que la Fiscalía solo dio por validez la suya sin argumentar las razones por las que desechaba la de las demás.

“En este punto vale la pena detenerse y precisar que en efecto los elementos de prueba que fueron puestos a disposición de este juzgado para análisis de valoración muestran en algunos casos una protuberante discrepancia entre las conclusiones a las que arribaron cuatro peritos diferentes: el de la Lonja del Cesar, el de la Contraloría Municipal, el del Instituto Geográfico Agustín Codazzi y el designado por la Fiscalía. Y esas diferencias sobre los inmuebles que aplicaron al contrato de permuta y puntualmente en el valor del precio del metro cuadrado que estimaron para cada uno, conlleva a este despacho a preguntarse en síntesis ¿cuál de esos cuatro peritajes tiene más peso?”, dijo el juez de conocimiento.

Asimismo indicó que la Fiscalía 5 seccional nunca precisó porqué se confiaba plenamente en la opinión pericial de sus dos investigadores y desechaba por completo la postura de los otros peritos de las entidades públicas, particularmente el de la Contraloría Municipal, que fue la que denunció un posible detrimento patrimonial en el cambio de los dos lotes del Municipio por el particular.

“Así las cosas entre la existencia de opiniones periciales diversas, algunas con las falencias ya destacadas, no es posible para este despacho concluir en el mismo sentido que lo ha hecho el fiscal y los demás intervinientes en este asunto, porque los hechos materia de investigación son absolutamente atípicos y por ende no queda alternativa diferente que desechar la solicitud de preclusión elevada por el señor Fiscal quinto seccional”, concluyó el juez.

 

 

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