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La ANLA impone a sociedades mineras Plan de Manejo Socioeconómico para la comunidad de Boquerón

A través de la Resolución N°00640 de 2021, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA-, en ejercicio de sus funciones y competencias, modifica el artículo primero de la resolución 970 de 2010 y determina que la comunidad del centro poblado de Boquerón no será objeto de reasentamiento, no obstante, impone, a las sociedades mineras DRUMMOND LTD., C.I. PRODECO S.A., COLOMBIAN NATURAL RESOURCES I SAS EN REORGANIZACIÓN y CNR III LTD. SUCURSAL COLOMBIA EN REORGANIZACIÓN, la obligación de formular e implementar un Plan de Manejo Socioeconómico (PMS).

 

Dicho Plan se debe presentar en un plazo de tres meses ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales para su evaluación y aprobación. Sin embargo, durante este tiempo se deberá continuar con la implementación de las medidas sociales que se encuentran en los Planes de Manejo Ambiental.

La anterior decisión, la cual es objeto de recurso de reposición, se fundamenta en las disposiciones de la Resolución 71 del 2 de febrero de 2021 emitida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en la cual se indica que el centro poblado de Boquerón no pertenece a ninguna categoría o clasificación de área fuente de contaminación.

Para el desarrollo de cada una de las etapas del Plan de Manejo Socioeconómico, las sociedades mineras deberán estructurar una metodología con bases conceptuales que den claridad a todos los actores sobre las premisas, métodos y objetivos del Plan de Manejo Socioeconómico.

Por otro lado, en el marco de dicho Plan las sociedades mineras deberán presentar un diagnóstico de la comunidad del centro poblado de Boquerón, para lo cual podrán utilizar la información obtenida con la comunidad en el marco de la formulación del Plan de Acción de Reasentamiento – PAR, contemplando en el mismo, como mínimo, variables como dinámica poblacional, vulnerabilidad, caracterización de servicios públicos, inventario de inmuebles y equipamientos, economía, cultura, entre otras.

Es importante mencionar que para la formulación del Plan de Manejo Socioeconómico se tendrá como eje transversal la participación ciudadana, siendo necesario que se generen espacios participativos con la comunidad respecto a la identificación de impactos por el no reasentamiento de la comunidad de Boquerón y las correspondientes medidas de manejo de estos.

En cada una de las acciones y/o programas del Plan de Manejo Socioeconómico se definirán metas e indicadores de seguimiento que permitan medir la efectividad de la implementación del plan, con base en actividades de inmediato, corto y mediano plazo, donde la articulación con las autoridades municipales, regionales y nacionales, y por ende la coherencia de las medidas implementadas con los planes de desarrollo locales, regionales y nacionales, resulta fundamental.

Según Rodrigo Suárez Castaño, director general de la ANLA, “esta decisión es un avance muy importante para la comunidad del centro poblado de Boquerón, y nosotros como Autoridad responsable de hacer el control y seguimiento a las obligaciones de las sociedades mineras con el territorio y sus pobladores. Estaremos vigilantes a que los acuerdos logrados en el marco de la implementación del Plan de Manejo Socioeconómico se cumplan a cabalidad”.

Así las cosas, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales continuará con su ejercicio de control y seguimiento a las obligaciones impuestas en la Resolución 640 del 7 de abril de 2021.

Ver adjunto para consultar la Resolución 00640 del 7 de abril de 2021.

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