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Usuarios de Emdupar podrán diferir cuotas de acueducto y alcantarillado hasta por 36 meses

Los estratos 1 y 2 podrán diferir su cuota a 36 meses, mientras que el 3 y 4 tendrán un plazo de 24 meses.

La Empresa de Servicios Públicos de Valledupar, Emdupar S.A. E.S.P., acatando lo establecido por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA en la resolución 915 de 2020, en la cual establece medidas regulatorias transitorias para el pago diferido de las facturas de los servicios públicos domiciliarios en el marco de la emergencia declarada por el Gobierno Nacional a causa del COVID-19.
Establece en su artículo 6 de la mencionada norma que “El usuario o suscriptor residencial de estrato 1 al 4 selecciona automáticamente la medida de pago diferido cuando no realiza el pago de la factura en la fecha límite de pago establecido por la empresa”. Por lo cual, el gerente de Emdupar, Rafael Nicolás Maestre Ternera, hace un llamado a los usuarios para que a través de los canales virtuales o de manera presencial, informen su deseo de seguir realizando el pago mensual de la factura o si se acogen al pago diferido, para proceder ajustar la facturación.

De acuerdo a lo que explica Camilo Namén, jefe la División de Peticiones, Quejas y Reclamos de Emdupar, “El decreto 528 de 2020 estipula la posibilidad de diferir el pago del servicio a un plazo de 36 meses para los usuarios residenciales de los estratos 1 y 2 por los consumos causados durante 60 días siguientes a la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica”.
De igual forma, el Articulo 10 manifiesta que el estrato 3 y 4 será de 24 meses y los estratos 5 y 6 usuarios industriales, comerciales y oficiales, el plazo será acordado entre las partes.

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